La SCJN pasará revista al fuero militar
Verónica Mondragón
Los ministros de la segunda sala revisarán la pertinencia de mantener una justicia exclusiva para miembros del Ejército mexicano
La pertinencia del fuero militar está en juego. La Suprema Corte decidirá hoy si los efectivos del Ejército deben ser juzgados por tribunales civiles cuando cometan un delito grave o violen derechos humanos.
El abogado Luis Miguel Cano llevó ante el alto tribunal el caso de una mujer que perdió a su marido, presuntamente asesinado por militares, en la comunidad Los Caballeros, Sinaloa, el año pasado. Fue baleado cuando viajaba con otros cinco en una camioneta. En este hecho murieron en total cuatro civiles.
El juicio de amparo, con el expediente 989/2009, ya aparece en las listas de asuntos de la Primera Sala, bajo la ponencia del ministro José Ramón Cossío Díaz.
En entrevista con Excélsior, Cano detalló que los familiares de las víctimas llevaron el caso a tribunales civiles, pero encontraron que los militares están bajo protección del artículo 57 del Código de Justicia Militar, que les otorga el fuero.
Este precepto considera que los delitos del orden común o federal que cometen los miembros del Ejército deben juzgarse bajo la ley militar. “Por esta maniobra legal son juzgados por tribunales militares”, dijo el experto en derechos humanos.
El abogado pidió un amparo contra la ley castrense y contra el hecho de que un juez militar se encargue del asunto. pero se lo negaron, por lo que acudió a la Suprema Corte.
Ante los ministros, Cano —que trabaja el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro y con Fundar— pidió la revisión del artículo 13 de la Constitución.
“Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar, pero los tribunales militares, en ningún caso y por ningún motivo, podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese implicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda”, apunta el precepto.
Con la presencia del Ejército en las calles, trabajando como fuerza de seguridad, la sociedad civil ve afectados sus derechos, señaló Cano.
En los últimos tres años, según datos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), se han multiplicado por seis los casos de violación por parte de soldados.
“Pretendemos que con el amparo se logre reconocer que la jurisdicción militar no se extiende hasta los civiles”, recalcó el abogado.
“Hay que esperar la respuesta de la Corte, queremos salvar que el caso caiga en una responsabilidad internacional, porque antes uno tiene que buscar la justicia en su propio país”, subrayó.
Los ministros de la segunda sala revisarán la pertinencia de mantener una justicia exclusiva para miembros del Ejército mexicano
La pertinencia del fuero militar está en juego. La Suprema Corte decidirá hoy si los efectivos del Ejército deben ser juzgados por tribunales civiles cuando cometan un delito grave o violen derechos humanos.
El abogado Luis Miguel Cano llevó ante el alto tribunal el caso de una mujer que perdió a su marido, presuntamente asesinado por militares, en la comunidad Los Caballeros, Sinaloa, el año pasado. Fue baleado cuando viajaba con otros cinco en una camioneta. En este hecho murieron en total cuatro civiles.
El juicio de amparo, con el expediente 989/2009, ya aparece en las listas de asuntos de la Primera Sala, bajo la ponencia del ministro José Ramón Cossío Díaz.
En entrevista con Excélsior, Cano detalló que los familiares de las víctimas llevaron el caso a tribunales civiles, pero encontraron que los militares están bajo protección del artículo 57 del Código de Justicia Militar, que les otorga el fuero.
Este precepto considera que los delitos del orden común o federal que cometen los miembros del Ejército deben juzgarse bajo la ley militar. “Por esta maniobra legal son juzgados por tribunales militares”, dijo el experto en derechos humanos.
El abogado pidió un amparo contra la ley castrense y contra el hecho de que un juez militar se encargue del asunto. pero se lo negaron, por lo que acudió a la Suprema Corte.
Ante los ministros, Cano —que trabaja el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro y con Fundar— pidió la revisión del artículo 13 de la Constitución.
“Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar, pero los tribunales militares, en ningún caso y por ningún motivo, podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese implicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda”, apunta el precepto...
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