■ Tacos, hot dogs, pizzas, tortas y sopas instantáneas saldrán de la lista de tasa cero
Hacienda cobrará IVA a comida rápida de venta en tiendas de paso
■ Dice que negocios como Oxxo y 7/Eleven no cobraban el impuesto y luego pedían devolución
■ Analistas prevén que las empresas de alimentos resentirán más la debilidad del consumo
La economía va a la baja, la inflación al alza y el sueldo, cuando lo hay, compra cada vez menos. La noticia es que en ese entorno el gobierno federal quiere cobrar un impuesto al consumo de tacos, hot dogs, pizzas, tortas y sopas instantáneas. La intención no es combatir la obesidad, un padecimiento en que México es campeón mundial, o mejorar los hábitos alimenticios, sino aumentar la recaudación fiscal.
“La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) anunció una propuesta de eliminar el régimen de tasa cero a los alimentos de comida rápida que se venden en las tiendas de conveniencia”, reveló este viernes Acciones y Valores (Accival), la casa de bolsa de Banamex.
La propuesta gubernamental busca que los alimentos preparados en tiendas llamadas “de conveniencia”, como las Oxxo, 7/Eleven o am/pm, sean gravados con el impuesto al valor agregado (IVA), es decir, que su precio aumente en por lo menos 15 por ciento.
Propuesta del SAT
“Es una propuesta del Sistema de Administración Tributaria” (SAT), el órgano recaudador de impuestos, dijo este viernes la SHCP cuando fue interrogado sobre el tema. El SAT envío a los dueños de las tiendas de conveniencia un oficio en que explica la forma en que se debe cobrar el gravamen a los alimentos procesados, pero no se trata de un nuevo impuesto, añadió. “Lo que ocurre es que el IVA se considera para esos productos, pero las tiendas no lo cobraban y luego pedían la devolución; lo que se hizo fue precisar la forma en que se debe cobrar y enterar” el impuesto, agregó.
El 25 de noviembre pasado, el SAT publicó un “criterio normativo” relacionado con el cobro del impuesto al valor agregado que señala: “para efectos del artículo segundo A, fracción I, último párrafo de la Ley del IVA, también se consideran alimentos preparados para su consumo en el lugar de su enajenación, los que resulten de la combinación de aquellos productos que, por sí solos y por su destino ordinario, pueden ser consumidos sin necesidad de someterse a otro proceso de elaboración adicional, cuando queden a disposición del adquirente los instrumentos o utensilios necesarios para su cocción o calentamiento”.
En síntesis: que para el SAT da lo mismo comprar un trozo de pizza congelada en una tienda de conveniencia, meterlo allí mismo al horno de microondas y dejarlo listo para ser comido que entrar, sentarse, y pagar, una comida en toda forma en un restaurante de lujo. Ambos consumos serán gravados con el IVA.
Para Eduardo Estrada López y Celso W. Sánchez, analistas de Accival, la determinación de la autoridad fiscal significa que “alimentos preparados en tiendas de conveniencia pagarán 15 por ciento de IVA” y por tanto, añadieron, la medida anunciada esta semana implica que “eliminan la tasa cero” en el cobro del impuesto al valor agregado a los alimentos comprados en ese tipo de establecimientos –a los que no entran a comprar sopas instantáneas, precisamente los consumidores de mayor poder adquisitivo.
“La Secretaría de Hacienda anunció su propuesta de eliminar el régimen de tasa cero a los alimentos de comida rápida que se preparan en las tiendas de conveniencia”, indicó Accival este viernes. “De ser aceptada, dichos productos entrarán al régimen de IVA de 15 por ciento, al cual ya estaban incorporados los establecimientos formales de comida rápida”, agregó.
Entre los alimentos que venden tiendas de conveniencia y que estarán sujetos a un cobro de 15 por ciento de su precio por el IVA los analistas incluyeron hot dogs, pizzas, tortas, tacos y sopas instantáneas..."
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